Otro gremio se suma a las críticas: Consejo Gremial rechaza requerimientos de la SIC sobre precios

El Consejo Gremial Nacional cuestionó a la Superintendencia de Industria y Comercio por solicitar información confidencial a las empresas sin un proceso legal en curso y advirtió riesgos para la seguridad jurídica y la confianza inversionista.

El Consejo Gremial Nacional se sumó a las voces que han cuestionado recientemente a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) por los requerimientos enviados a empresas de distintos sectores para que entreguen información relacionada con sus esquemas de fijación de precios, márgenes de ganancia y políticas de descuentos.

A través de un pronunciamiento, el gremio manifestó su rechazo a este tipo de solicitudes al considerar que involucran información amparada por la reserva comercial y que, además, se realizan sin que medie un proceso legal específico, lo que —a su juicio— excede las competencias constitucionales y legales del ente de control.

El Consejo Gremial recordó que Colombia es un Estado Social de Derecho que protege la libertad económica, la iniciativa privada y la libre competencia, principios consagrados en el artículo 333 de la Constitución.

Si bien reconoció que la SIC tiene facultades de vigilancia, inspección e investigación, subrayó que estas deben ejercerse únicamente dentro de las competencias expresamente asignadas y en el marco de actuaciones formales.

Según el gremio, la exigencia generalizada de información sensible, como los criterios internos para fijar precios y márgenes de utilidad, no solo vulnera la reserva comercial, sino que también genera incertidumbre jurídica, afecta la estabilidad de los mercados y debilita la confianza de los inversionistas.

El Consejo Gremial Nacional reiteró que todas las actuaciones de la SIC deben ceñirse estrictamente al marco legal. Aunque respaldó la importancia de combatir prácticas anticompetitivas, advirtió que no se pueden adelantar requerimientos masivos que partan de la presunción de ilegalidad.

La reserva comercial, insistió, es una garantía constitucional que solo puede levantarse bajo las causales, procedimientos y controles previstos en la ley.