La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a la cadena tras hallar, en tiendas y ventas en línea, fallas que afectaron el derecho de los clientes a recibir información clara. La multa, de $691 millones, se agravó por antecedentes de reincidencia en infracciones similares.
Una nueva sanción millonaria vuelve a poner a Almacenes Éxito S.A. en la mira de la autoridad de control. La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso una multa de \$691.456.512 luego de comprobar que la cadena vulneró derechos básicos de los consumidores en sus puntos de venta físicos y en su plataforma de comercio electrónico.
Las visitas de inspección se realizaron en Bogotá, el 18 de julio y el 16 de septiembre de 2024, en los almacenes Éxito Calle 80 y Éxito Gran Estación, así como en su sitio web. Durante estas verificaciones, funcionarios de la Dirección de Investigaciones documentaron irregularidades que afectaban la transparencia de la información y la seguridad jurídica en las transacciones.
Entre las conductas sancionadas figuran la ausencia de precios totales visibles en algunos productos, la exigencia indebida de tirilla de pago o factura para ejercer la garantía legal, promociones sin claridad sobre el número de unidades disponibles y la falta de avisos sobre la entrega de cambio exacto en las cajas registradoras.
Para la SIC, estas prácticas reducen la capacidad del consumidor para tomar decisiones acertadas. “Esta situación habría afectado el derecho de los consumidores a recibir información mínima sobre los valores, con el fin de comparar las distintas opciones ofrecidas en el mercado y, de esta forma, haber podido adoptar decisiones razonadas y adecuadas, de acuerdo con sus necesidades y su presupuesto”, señaló la entidad.
El organismo recordó que no es la primera vez que la compañía enfrenta sanciones de este tipo. “En el caso de Almacenes Éxito, existen antecedentes en la autoridad por infracciones al régimen de protección al consumidor, por lo que el historial de reincidencia fue un factor determinante en la imposición de esta multa”, advirtió la Superintendencia.
Sobre las promociones, la SIC fue enfática en que ofrecer descuentos o incentivos no exime de entregar información completa. “Esta situación habría afectado la decisión de consumo de sus destinatarios y su experiencia de compra, al generarse un error o confusión en los términos de acceso a la oferta”, precisó.
La autoridad recordó que la Ley 1480 de 2011 exige a los proveedores suministrar información veraz, suficiente y oportuna sobre los productos que comercializan, así como cumplir lo prometido en las condiciones ofrecidas. La reincidencia, en este marco jurídico, agrava la responsabilidad del infractor y aumenta el monto de la sanción.
Finalmente, la SIC advirtió que mantendrá la vigilancia sobre el cumplimiento de las normas en materia de precios, promociones, garantía legal y devolución de cambios, tanto en el comercio físico como en el digital. Contra la decisión proceden recursos de reposición y apelación.