JEP debe determinar que Bloque Occidental de Farc secuestró con fines de explotación laboral: Procuraduría

El grupo terrorista utilizaba a los secuestrados como fuerza de trabajo en apertura de caminos, arreglo de vías, transporte, limpieza, preparación de alimentos y hasta servicios sexuales.

La Procuraduría le solicitó a la JEP determinar que el Bloque Occidental de las Farc cometió secuestros con fines de explotación laboral, lo que constituye un patrón independiente de macrocriminalidad como quiera que instrumentalizaron a las personas, tratándolas como una propiedad e imponiéndoles trabajos forzados.

“Esta finalidad se relaciona con conductas en donde se buscaba utilizar al secuestrado con un objetivo de extracción de la fuerza de trabajo, por ejemplo, para la apertura de caminos, arreglo de vías, transporte, limpieza y preparación de alimentos, entre otros”, asegura el documento de observaciones del Ministerio Público.

Esclavitud sexual

Entre los casos citados en el documento de observaciones se destacan seis hechos de esta naturaleza, cuyas víctimas fueron dos campesinos, dos estudiantes y el conductor de una volqueta.

La Procuraduría relacionó el secuestro de una mujer en Policarpa, Nariño, que fue llevada a un campamento guerrillero en la selva para ser forzada a trabajar en labores de cocina, limpiando las botas de los guerrilleros y obligarla a sostener relaciones sexuales con ellos.  

“Antes del Auto 019 de 2021 muchas víctimas de diferentes bloques no eran conscientes de que los trabajos forzados a los que fueron sometidos y el ejercicio de los derechos de dominio que los antiguos miembros de las Farc ejercieron sobre ellos era una forma especial de victimización: esclavitud”, indicó Jairo Acosta Aristizábal, procurador delegado ante la JEP, quien también señaló que solo hasta que el Ministerio Público y el despacho de la magistratura dieron visibilidad a esta forma de victimización, fue cuando las víctimas empezaron a denunciar los hechos.

Para el Ministerio Público, el reconocimiento de este patrón por la Sala constituye también una garantía del derecho a la verdad de las víctimas y de la sociedad, pues negarlo implica invisibilizar una de las formas de victimización utilizadas por el grupo armado ilegal en el marco de la política de secuestros, máxime cuando la reparación tendrá que caracterizarse a tono con el daño.

Secuestro y desaparición

En un análisis general sobre las diferentes modalidades de secuestro utilizadas por el Bloque Occidental de las Farc, el documento asegura que entre 1993 y 2016 habrían secuestrado al menos 963 personas, 107 de ellas civiles, entre campesinos, comerciantes, adultos mayores y menores de edad, por los que cobraban en promedio $200 millones por su rescate y, en muchas ocasiones, tras recibir el pago estos secuestrados nunca regresaron a sus hogares.

Por eso la Procuraduría también pidió que se requiera a la Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas un reporte detallado sobre las víctimas de desaparición forzada que, a la fecha, se encuentran buscando, y respecto de las cuales han presentado demandas de verdad en este macrocaso.

Adicionalmente, se estableció que la mayor cantidad de estos hechos, cometidos por el Bloque Occidental, ocurrieron entre 1999 y 2001, período en el cual el Ministerio Público identifica una alta proporción de menores de edad (al menos 80) víctimas de secuestro, lo cual visibiliza una forma particular de victimización que debe ser evidenciada en el Auto de Determinación de Hechos y Conductas de este Bloque.

Reconocimiento a las víctimas

Con respecto a las víctimas y al reconocimiento de los daños ocasionados, señaló la Procuraduría que otra de las necesidades latentes en este proceso es que las víctimas con enfoques diferenciales sean exaltadas. Niños secuestrados, personas de la tercera edad o en condición de vulnerabilidad fueron privadas de su libertad en formas crueles e inimaginables.

“El sufrimiento de ellas y sus familias es inmensurable. Muchas tuvieron que irse de sus hogares en varias oportunidades, no obstante, en varios casos todavía falta mayores asunciones de responsabilidad sobre el desplazamiento directo que se generó, pues en los reconocimientos de responsabilidad todavía no se reconoce esta práctica como una política directa”, añadió el procurador delegado.