General Huertas firmó resolución cuatro días después de sanción disciplinaria

La medida provisional adoptada por el Ministerio Público impedía al oficial avalar actos administrativos, intervenir en trámites internos o participar en decisiones relacionadas con personal militar. Estas restricciones se aplican para evitar que el funcionario pueda influir en actuaciones mientras la investigación avanza.

El brigadier general Juan Miguel Huertas Herrera, suspendido provisionalmente por la Procuraduría General de la Nación el 27 de noviembre de 2025, figura como firmante de una resolución del Ejército Nacional emitida cuatro días después de la orden disciplinaria. El documento, identificado con el número 00010074 y fechado el 1 de diciembre de 2025, dispone el retiro de nueve suboficiales mediante la figura administrativa de llamamiento a calificar servicios.

La medida de suspensión, adoptada por el Ministerio Público en el marco de una investigación por presuntos vínculos y suministro de información a disidencias de las FARC, tenía efectos inmediatos desde su comunicación al oficial. Ese carácter inmediato está previsto en el artículo 217 del Código General Disciplinario, que ordena al investigado abstenerse de desempeñar cualquier función del cargo desde el momento en que recibe la notificación.

En el pronunciamiento público emitido el día de la decisión, el procurador general Gregorio Eljach Pacheco explicó que la “suspensión buscaba evitar la reiteración de conductas y proteger el desarrollo de la investigación”. También señaló que su cumplimiento no depende de actos posteriores de la entidad empleadora y que el servidor no puede continuar ejerciendo funciones en ninguna circunstancia administrativa, incluidas licencias o permisos.

Pese a ello, la firma de Huertas Herrera aparece en la resolución expedida el 1 de diciembre, junto a la del comandante del Ejército Nacional, general Luis Emilio Cardozo Santamaría, y otros funcionarios encargados del trámite de retiros. El documento establece que los suboficiales retirados permanecerán dados de alta en contaduría durante tres meses y conservarán la totalidad de los haberes, de acuerdo con el régimen prestacional de las Fuerzas Militares.

Abogados consultados por este medio, aseguraron que la coexistencia de la medida disciplinaria vigente y la participación del oficial en un trámite administrativo posterior refleja una inconsistencia entre la suspensión anunciada y su ejecución interna. Hasta el momento, no se ha informado si el Ejército verificará la validez del acto expedido el 1 de diciembre, ni si se iniciarán revisiones para determinar el cumplimiento efectivo de la orden de suspensión dentro de la institución.