El ‘fast track’ de Petro es inconstitucional: Álvaro Uribe

Varios analistas y expertos en el tema aseguran que la iniciativa podría ir en contra de la Carta Magna, además, que, contrario a los cálculos del jefe de Estado y su equipo de gobierno, este mecanismo podría hacer más lentos los trámites legislativos que quieren sacar adelante.

Ante el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), el presidente Gustavo Petro dejó claro que buscará tramitar con extrema urgencia las leyes que considera necesarias para implementar el Acuerdo de Paz con la guerrilla de las Farc.

El mandatario advirtió que reviviría, si es posible, el mecanismo conocido como fast track, procedimiento ‘legislativo’ utilizado durante el gobierno de Juan Manuel Santos y que otorgó a los proyectos de ley relacionados o derivados del acuerdo, prioridad absoluta.

Concretamente, el acto legislativo que dio vía libre al como fast track redujo el número de debates establecidos para leyes de tipo orgánicas, acelerando el proceso de aprobación de estas.

Este último elemento es el que busca Petro, quien ha visto como sus reformas han fracasado en el legislativo por falta de consenso. “Un procedimiento de fast track nos llevaría a reducir los plazos del tiempo para cumplir con efectividad el Acuerdo de Paz firmado. Lo vamos a presentar a la sociedad colombiana y al Congreso, pero quisiéramos dejarlo aquí, refrendado ante ustedes”, aseguró el mandatario.

Propuesta equivocada

La intervención de Petro ante el Consejo de Seguridad ha sido cuestionada en varios sentidos, sin embargo, el tema del fast track ha ocupado el interés de muchos actores de la opinión y la cosa pública, quienes se han pronunciado, mayoritariamente en contra de la iniciativa.

Uno de los primeros en reaccionar a este aparte del discurso de Petro, fue el expresidente, Álvaro Uribe. Según la opinión del líder del Partido Centro Democrático, el gobierno aun no explora a profundidad las opciones que tiene dispuesta la actual Constitución para los fines que ‘persigue’.

“El Fast Track, procedimiento abreviado, de menor cantidad de debates adoptado por el Congreso para la modificar la Constitución durante el Acuerdo con la Farc, se constituyó en un abuso violador de la Constitución. Si a alguien le delegan una función y le definen los instrumentos para cumplirla, ese delegatario incurrirá en un abuso si modifica los instrumentos”, escribió Uribe en su cuenta en la red social X.

También se refirió al tema, el exmagistrado de la Corte Constitucional, Nilson Pinilla, quien aseguró que una propuesta de este tipo no sería viable en este gobierno, habida cuenta de los modos y formas que ha venido utilizando para sacar adelante sus reformas.

“Este mecanismo propuesto por el presidente Gustavo Petro no es aconsejable si supone que venga un llamado ‘pupitrazo’, porque esto es que los congresistas aprueben la reforma sin suficiente análisis, sin profundización y sin mirar a cabalidad qué es lo que están aprobando”, comentó Pinilla y, a renglón seguido expuso: “ese fast track es nocivo porque recordemos lo que ocurrió con el tema de la reforma pensional cuando la Cámara de Representantes, en forma grosera, le dio un ‘pupitrazo’ al proyecto como venía del Senado para evitar el análisis”.

A su vez, José Gregorio Hernández, reconocido jurista, precisó que para poder implementar el fast track, es obligatorio una reforma constitucional en ese sentido, toda vez que es la Carta la que establece las reglas de esos procedimientos.

“La Constitución tendría que ser modificada, ya que en el año 2016 para implementar y desarrollar el Acuerdo Final de Paz fue necesario modificar las normas constitucionales para plasmar el procedimiento abreviado que llamaron fast track. Luego si ahora, el Gobierno requiere un nuevo fast track para aprobar cualquier reforma se necesita expedir nuevamente un acto reformatorio de la Constitución porque no se puede simplemente realizar el proceso por decreto o por ley”, explicó Hernández.

Finalmente, Mario Puerta, abogado que trabajó como asesor de gobierno Santos en este tema, en enfático en que el mecanismo no es tan célere como piensan Petro y su equipo de gobierno, adicionalmente, su conveniencia en este momento podría hacerlo tambalear en la Corte Constitucional si aceptan examinarlo vía demanda.

“El trámite se le demoraría, dándole prioridad, por lo menos 6 meses. Y después tendrían que empezar a tramitar norma por norma. […] Seguramente tendría muchas demandas. El fast track era parte de la implementación del Acuerdo y la corte podría decir que la oportunidad ya pasó y que no se puede usar un mecanismo extraordinario para tramitar lo ordinario”, puntualizó Puerta.