Diplomacia tambaleante: demandan nombramiento de Laura Sarabia como embajadora en el Reino Unido

El Consejo de Estado recibió una solicitud de nulidad simple contra el decreto que nombró a ubicó a la exmano derecha de Petro y Benedetti Londres. Este recurso cuestiona el cumplimiento de requisitos de carrera, idoneidad diplomática y parámetros de mérito en el servicio exterior colombiano.

Trascendió a la opinión pública que el nombramiento de Laura Sarabia como embajadora extraordinaria y plenipotenciaria ante el Reino Unido llegó a la jurisdicción contencioso-administrativa. La demanda, presentada por Martín Alberto Santos Díaz, busca que el Consejo de Estado examine la legalidad del Decreto 1029 del 29 de septiembre de 2025, mediante el cual la Presidencia y la Cancillería formalizaron su designación.

Según el escrito, el acto administrativo habría desconocido disposiciones que regulan la función pública en el servicio exterior, entre ellas la Constitución, la Ley 1437 de 2011, la Ley 909 de 2004 y el Decreto-Ley 274 de 2000. A juicio del demandante, estas normas establecen estándares de profesionalización y mérito que no pueden ser omitidos incluso en nombramientos de libre disposición presidencial.

Este recurso señala tres puntos críticos. En primer lugar, la falta de pertenencia al escalafón de la Carrera Diplomática y Consular, condición que —aunque no es absoluta— sí exige una motivación reforzada cuando se acude a designaciones externas.

En segundo término, la no acreditación de competencia lingüística certificada en inglés, requisito considerado indispensable para desempeñar funciones diplomáticas en países angloparlantes. Finalmente, la ausencia de verificación de experiencia profesional específica para representar al Estado ante un socio estratégico como el Reino Unido.

Además de cuestionar el fondo del decreto, la demanda solicita la suspensión provisional del nombramiento. Esta medida, prevista en los artículos 231 y 233 del CPACA, procede cuando existe una contradicción evidente entre el acto acusado y una norma superior. De concederse, la decisión tendría efectos inmediatos sobre la representación diplomática de Colombia en Londres.

Finalmente, el accionante precisó, que el proceso quedó registrado bajo la solicitud 19995 en la plataforma SAMAI. Ahora corresponde al Consejo de Estado determinar si el decreto respetó los principios de legalidad, mérito y moralidad administrativa que rigen el servicio exterior, bastante cuestionado en a administración Petro.