Corte ordena a Petro retractarse por haber llamado “muñecas de la mafia” a mujeres periodistas

El alto tribunal le dio cinco días al mandatario para ofrecer disculpas públicas mediante una alocución presidencial. También deberá incluir una nota aclaratoria en el discurso que originó la controversia.

La Corte Constitucional ordenó al presidente Gustavo Petro retractarse públicamente y ofrecer disculpas a las mujeres periodistas por expresiones que, según el tribunal, constituyeron violencia simbólica y discriminación de género.

La decisión surge tras analizar el discurso que el jefe de Estado pronunció el 30 de agosto de 2024, durante la posesión de la defensora del pueblo Iris Marín Ortiz, cuando dijo: “Las periodistas del poder, las muñecas de la mafia, construyeron la tesis del terrorismo en la protesta y la criminalización del derecho genuino a protestar y a decir ¡basta!”.

Para la Corte, esas palabras vulneraron los derechos de las comunicadoras a la libertad de expresión, a una vida libre de violencias y a la no discriminación. Por ello, ordenó que Petro realice una alocución presidencial exclusiva sobre el tema en un plazo máximo de cinco días, en la que deberá reconocer el error y ofrecer disculpas.

Además, el fallo dispone que el video y la transcripción del discurso original incluyan una nota aclaratoria, dejando constancia de que las expresiones usadas “no fueron adecuadas en los términos de esta sentencia”.

La decisión fue adoptada por la Sala Plena de la Corte Constitucional, con ponencia de la magistrada Lina Marcela Escobar Martínez, que revocó los fallos previos del Consejo de Estado, donde se había declarado improcedente la tutela. El proceso nació a partir de dos demandas separadas: una del abogado Germán Calderón España y otra de un grupo de mujeres periodistas representadas judicialmente, las cuales fueron acumuladas para estudio conjunto.

El alto tribunal enfatizó que los funcionarios públicos tienen la obligación constitucional e internacional de prevenir y erradicar cualquier forma de violencia contra la mujer, incluyendo la simbólica y digital. También aclaró que el lenguaje empleado por Petro “no está amparado por la libertad de expresión”, pues contribuyó a reproducir estereotipos y discriminación hacia las periodistas.

El magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, en su aclaración de voto, destacó que el fallo representa un avance en la protección de las mujeres periodistas, aunque consideró que el análisis debió profundizarse a la luz de tratados internacionales como la Convención de Belém do Pará y la Cedaw, e incluso ampliarse a otras comunicadoras en circunstancias similares.

Finalmente, la Corte le ordenó al presidente abstenerse de emitir mensajes o publicaciones que vulneren los derechos a la no discriminación y a una vida libre de violencia de género o digital, recordando el riesgo especial que enfrentan las mujeres periodistas tanto en el ejercicio de su labor como en entornos digitales.