Corte Constitucional abre revisión del decreto que declaró la emergencia económica y social

El alto tribunal inició el control automático del Decreto Legislativo 1390 de 2025 y ordenó la práctica de pruebas para verificar si el gobierno cumplió los requisitos formales y materiales exigidos para declarar el estado de excepción.

La Corte Constitucional dio inicio al estudio de constitucionalidad del Decreto Legislativo 1390 del 22 de diciembre de 2025, mediante el cual el gobierno nacional declaró el Estado de Emergencia Económica y Social en todo el país. La decisión quedó formalizada en un auto fechado el 14 de enero de 2026, dentro del expediente RE-387, cuyo conocimiento fue asumido por el magistrado sustanciador Carlos Camargo Assis.

En la providencia, el despacho dispuso la práctica de pruebas con el fin de contar con los insumos necesarios para elaborar la ponencia que evaluará la validez de la medida. El trámite se activó tras la recepción oficial del decreto y de sus soportes administrativos, remitidos por la Presidencia y el Ministerio de Hacienda y recibidos por la Corte el 13 de enero, una vez concluida la vacancia judicial.

Ese mismo día, la Sala Plena realizó el reparto del asunto por sorteo y se registró el ingreso formal del expediente, junto con varios escritos ciudadanos que cuestionan la declaratoria de la emergencia y solicitan la suspensión provisional del decreto.

Tras revisar los antecedentes y el marco normativo aplicable, el magistrado consideró necesario decretar pruebas para establecer si el Ejecutivo cumplió los requisitos constitucionales para acudir a un estado de excepción. Entre las diligencias ordenadas, se solicitó a la Secretaría Jurídica de la Presidencia informar sobre la situación administrativa de los ministros que firmaron el decreto, en particular si estaban debidamente posesionados al momento de su expedición.

De manera específica, el auto requirió el acto administrativo mediante el cual Irene Vélez habría sido encargada como ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, documento que deberá ser remitido dentro del término fijado.

La Corte también pidió a la Presidencia explicar cómo se satisface el deber de motivación del decreto, es decir, si las razones invocadas para declarar la emergencia están debidamente sustentadas en el propio texto. El despacho recordó que, según la jurisprudencia constitucional, dichas motivaciones no pueden ser complementadas durante el control judicial.

Otro de los requerimientos apunta a verificar si el gobierno cumplió con la obligación de informar a los organismos internacionales competentes, en particular a la Organización de Estados Americanos y a las Naciones Unidas, conforme a lo establecido en la Ley 137 de 1994.

En cuanto a los requisitos materiales, el magistrado ordenó solicitar concepto a expertos en economía, hacienda pública y derecho tributario, entre ellos exministros y exdirectores de entidades del sector. Los especialistas deberán pronunciarse sobre si el decreto cumple los presupuestos fáctico, valorativo y de suficiencia que exige la Constitución para la declaratoria de un estado de emergencia.

Las consultas incluyen aspectos como la naturaleza de las causas alegadas por el gobierno, si son sobrevinientes o estructurales, la evolución de la situación fiscal en los últimos años, la idoneidad de los mecanismos ordinarios para enfrentar la crisis y la relación entre la emergencia y decisiones recientes en materia de endeudamiento.

Adicionalmente, se formularon solicitudes a la Secretaría Jurídica de la Presidencia y al Ministerio de Hacienda para que expliquen determinadas decisiones fiscales adoptadas tras la expedición del decreto, así como un requerimiento a la Contraloría General de la República para que informe sobre los hallazgos y medidas relacionadas con las causas invocadas por el Ejecutivo.

La Corte dispuso notificar el inicio del proceso a la Presidencia y a los ministerios, que podrán intervenir mediante escritos dentro de los tres días siguientes. Concluida la etapa probatoria, el expediente será fijado en lista por cinco días para permitir intervenciones ciudadanas, luego pasará a la Procuraduría General de la Nación para concepto y, finalmente, la Sala Plena adoptará una decisión definitiva sobre la constitucionalidad del Decreto Legislativo 1390 de 2025.