Consejo de Estado revisará legalidad de resolución que modificó perfiles para cargos directivos en la Anla

El caso involucra cambios en los requisitos para cuatro cargos de dirección y asesoría en los que se amplió el espectro académico a disciplinas como filosofía y comunicación social.  La entidad accionante, sostiene que el acto administrativo permitió el nombramiento inmediato de personas que no cumplían con los perfiles exigidos antes del ajuste normativo.

 La Sección Segunda del Consejo de Estado admitió una demanda de nulidad presentada por la Fundación para el Estado de Derecho contra la Resolución 686 del 14 de abril de 2025, expedida por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla).

El acto administrativo atacado, modificó parcialmente el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la entidad, incluyendo nuevos núcleos básicos del conocimiento en los perfiles de cuatro cargos de libre nombramiento y remoción. La demanda fue presentada en ejercicio del medio de control previsto en el artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).

En el escrito inicial, la organización accionante argumenta que la resolución fue expedida con desviación de poder, falsa e insuficiente motivación, y en contravía de los principios de mérito, moralidad e igualdad consagrados en la Constitución y en la Ley 909 de 2004.

De acuerdo con el análisis de los demandantes, la Resolución 686 amplió los perfiles profesionales exigidos en cargos de la Subdirección de Mecanismos de Participación Ciudadana Ambiental y del Despacho de la Dirección General, permitiendo la postulación de profesionales en áreas como filosofía, teología, comunicación social y periodismo, que no se encontraban contempladas en el manual anterior, adoptado en diciembre de 2024.

En ese sentido, la Fundación sostiene que esta modificación coincidió con el nombramiento de funcionarios cuyas hojas de vida corresponden a los nuevos perfiles incluidos. Otro de los argumentos fuertes de la acción de control, es que el acto fue expedido sin una justificación técnica suficiente, y sin la consulta previa con organizaciones sindicales, como exige el Decreto 1083 de 2015.

Igualmente, se indica que la Resolución 686 no fue publicada en el Diario Oficial, sino únicamente en la página web institucional, con un anexo incompleto del manual modificado.

En el auto de admisión, el Consejo de Estado ordenó notificar personalmente al Ministerio de Ambiente, a la Anla y al Ministerio Público. También se dio traslado a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado por un término de 30 días y se previno a la entidad encartada para que allegue el expediente administrativo completo con los antecedentes de la actuación, conforme al artículo 175 del CPACA.

Finalmente, es oportuno señalar, que el proceso fue asignado al magistrado Jorge Iván Duque Gutiérrez como ponente. La decisión de admisión también ordena informar a la comunidad sobre la existencia del proceso.