Confirman condena de 19 años de prisión a  miembros de la Primera Línea

La Fiscalía General de la Nación pudo demostrar más allá de toda duda razonable que los hoy prisioneros eran miembros activos de las disidencias de las FARC, además que sus acciones sobrepasaron los límites constitucionales del derecho a la protesta.

Uno de los temas que tocó Gustavo Petro en su primer discurso como presidente, fue la petición de libertad para los jóvenes que según él, fueron injustamente capturados, enjuiciados y condenados por la justicia colombiana.

De acuerdo con el mandatario y varios de los miembros de su gabinete, el encarcelamiento de varios miembros de la llamada primera línea, son un frentero ataque al constitucional derecho a la protesta y la libertad de expresión.

Estas afirmaciones causan cierto escozor en un amplio sector de la opinión y la cosa pública, pues, los actos vandálicos que protagonizaron algunos de los personajes en cuestión, superan por mucho los límites constitucionales de la protesta.

Justamente, el Tribunal Superior de Bogotá dejó en firme una sentencia proferida  por el Juzgado 4° Penal del Circuito Especializado de Bogotá en contra de Wilson Reinel Moreno, Justo Ernesto Villarraga Trujillo, Érika Lorena Flórez Durán y Greissy Alexandra Perilla Vargas, fechada el 10 de julio de2023.

La providencia de casi 100 páginas, sirve para dejar muy en claro, como lo hacen los magistrados que discutieron el caso, que un grupo importante de jóvenes que participaron en las marchas no eran precisamente demócratas en busca de un futuro mejor.

En el caso de Wilson Reinel Moreno, alias Martín o Negro, se pudo determinar en el marco de proceso, más allá de toda duda razonable que era miembro activo del Frente Segundo Manuel Marulanda Vélez de las disidencias de las Farc.

Además, precisa que era quien mantenía la línea directa “estructurada y de mando con Justo Ernesto Villarraga Trujillo”, personaje que a su vez “era el encargado de coordinar encuentros con fines delictivos en la ciudad de Bogotá”.

Otro de los apartes, da al traste con el discurso victimizante del gobierno nacional, donde ubica equivocadamente a los jóvenes, desafiando la lógica de quienes sufrieron en carne viva los desmanes.

Acerca de esto, afirma el Tribunal, “se trató de una organización que superó los fines políticos para traspasar los linderos del derecho penal incurriendo en las conductas punibles que les fueron endilgadas”.

Luego de rebatir los argumentos de la defensa en la apelación, se confirma la sentencia por 19 años en el entendido de que fueron culpables de los delitos de concierto para delinquir, terrorismo, agresión a funcionario público, perturbación de transporte público y daño en bien ajeno.

Finalmente, el magistrado ponente arribó a la conclusión que los cuatro condenados “fueron estructuradores y coordinadores para entrenar a los jóvenes de las universidades que se infiltraron de forma violenta en las manifestaciones del 21 y 22 de noviembre”.