Martha Cecilia Álvarez Silva captó a una mujer de 26 años en Pereira con la promesa de trabajo en un almacén de ropa en Bari, Italia. Una vez en el extranjero, la víctima fue despojada de su pasaporte y obligada a ejercer prostitución. Un juez la halló culpable del delito de trata de personas.
La justicia colombiana condenó a 13 años de prisión a Martha Cecilia Álvarez Silva, responsable de captar y engañar a una joven madre de dos hijos con una falsa oferta laboral en Italia, donde fue víctima de explotación sexual.
De acuerdo con la investigación adelantada por la Fiscalía General de la Nación, los hechos ocurrieron en 2016, cuando la víctima, una mujer de 26 años que atravesaba una difícil situación económica, fue contactada en Pereira (Risaralda) por Álvarez Silva.
La acusada le ofreció un supuesto empleo en un almacén de ropa en la ciudad de Bari (Italia), junto con apoyo para tramitar pasaporte, permisos consulares y tiquetes aéreos, además de prometerle alojamiento y alimentación.
En septiembre de 2016, la mujer viajó a Italia, donde fue recibida por su captora. Según la sentencia, Álvarez Silva le quitó el pasaporte y la obligó a ejercer actividades sexuales con el argumento de que debía cubrir los gastos del viaje y su estadía.
Durante su permanencia en Bari, la víctima fue sometida a maltratos físicos y psicológicos, mantenida bajo amenazas constantes, con restricciones en la comunicación con su familia y alimentada únicamente con pan, agua y, en ocasiones, atún. Tras un intento de homicidio, fue trasladada a un centro asistencial, donde logró recuperarse y denunciar los hechos ante las autoridades italianas.
Gracias a la intervención consular, la joven regresó a Colombia en noviembre de 2016, lo que permitió que la Fiscalía recopilara las pruebas necesarias para judicializar a Álvarez Silva.
El juez penal de conocimiento de Pereira impuso, además de la pena de prisión, una multa de 800 salarios mínimos legales mensuales vigentes y una inhabilidad para ejercer derechos y funciones públicas por 156 meses.
La sentencia, proferida en primera instancia, se basa en las pruebas presentadas por un fiscal de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos. En contra del fallo aún proceden los recursos de ley.