El Ministerio del Interior expidió una resolución dando vía libre a los trabajos, desconociendo la presencia del cabildo indígena de Taganga en el área de influencia de los proyectos Uchuva I y II.
Los combustibles ha sido uno de los asuntos que más problemas le han traído al gobierno Petro, no solo por la forma en que quiere implementar su ‘transición energética’, sino también por las cifras negativas en las utilidades presentadas recientemente por Ecopetrol y que, desde el punto de vista de varios analistas, son una de las causas de las limitaciones financieras de la Nación.
En esa misma línea, también ha sido caótico todo lo relacionado con las reservas para cubrir la demanda interna y la propuesta de importar gas desde Venezuela cuando el que está disponible en el país escasee.
A esa incertidumbre sobre la capacidad real del gobierno para poder suplir la demanda interna, se le suma ahora, el fallo de tutela expedido por el Juzgado IV Laboral del Circuito de Santa Marta, donde se le ordena el freno de todas las actividades de exploración y explotación el pozo costa afuera denominado Uchuva II.
La acción constitucional fue promovida por Ariel Daniels, cabildo gobernador del corregimiento de Taganga en Santa Marta. De acuerdo con el líder indígena, el gobierno nacional y las empresas interesadas en la operación del pozo, obviaron la presencia de la comunidad en el área de influencia del yacimiento y no llevaron a cabo la consulta previa que manda el ordenamiento jurídico.
Además de tutelar el derecho a la consulta previa, la providencia que vincula a la Autoridad de Licencias Ambientales (Anla), Ministerio de Minas y Energía, Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Ecopetrol, Petrobras y Ministerio del Interior, reconoce igualmente, que la actitud displicente para con el pueblo taganguero, también violentó los derechos al debido proceso y propiedad intelectual, cultural y medioambiental.
Dentro de las órdenes impartidas por el juez constitucional, está la corrección de la Resolución ST-1630 de 2023 expedida por el Ministerio del Interior, concretamente, la inclusión del pueblo raizal de Taganga dentro del área de influencia del proyecto exploratorio.
Carlos Alberto Villalva del Villar, juez IV Laboral del Circuito de Santa Marta, también solicitó que se llevará a cabo la consulta previa 30 días después de la corrección de la citada resolución y la eliminación de las expresiones: ‘Uchuva’ y ‘Área de Interés Perforación Exploratoria Tayrona’ por hacer referencia o contener elementos de la simbología ancestral de Taganga.
Finalmente, es importante decir que este impase podría dar al traste con los planes del gobierno nacional en ese sentido, pues, implica retrotraer el proyecto hasta una fase casi inicial.