BERNARDO HENAO JARAMILLO
Columnista de Opinión
El gobernante de un país, independientemente de querer estar en una posición de poder, debe ser consciente que a su mandato lo debe regir el querer servir genuinamente a todo su pueblo, que sus decisiones deben buscar el bien común y que ya no es hora de continuar haciendo proselitismo sin ocuparse de los asuntos que están, por así decirlo, en el corazón mismo de la nación. Así, las políticas públicas deben corresponder al conjunto de fines, resoluciones y acciones que debe adelantar un gobierno para solucionar las diferentes problemáticas de la comunidad,
que no a decisiones intempestivas con graves repercusiones económicas y sociales para ésta.
La seguridad normativa es una de las condiciones necesarias para mejorar los niveles de calidad de vida de los ciudadanos, atraer altos niveles de inversión y consolidar el tan anhelado desarrollo humano sostenible.
De ahí que sorprenda que el 21 de noviembre de 2022 apareciera en la página web del Ministerio de Hacienda un proyecto de decreto para impedir la realización del día sin IVA programado para el 2 de diciembre de esta anualidad. La ley 2155 de 2021 reguló en su artículo 37 lo relacionado con los «días sin IVA» decretando que podrían ser hasta 3 al año. Durante estos días, determinados bienes corporales muebles señalados en otro artículo de la misma ley, estarían exentos del impuesto sobre las ventas o IVA. En desarrollo de esta disposición se expidió el decreto 290 de 2022 el cual dispuso que el tercer día sin IVA del 2022 se llevaría a cabo el 2 de diciembre del mismo año. Posteriormente, en el trámite de la reforma tributaria se presentaron iniciativas que fueron avaladas por el gobierno y aprobadas por las plenarias del Senado y de la Cámara de Representantes, en el sentido de preservar ese último día sin IVA del año. Quedó, entonces, que la derogatoria de los artículos 37, 38 y 39 de la citada ley 2155 de 2021 empezaría a regir el 1 de enero de 2023. Sin embargo, a último momento, el gobierno resolvió expedir un decreto adelantando la derogatoria y dejando a comerciantes y consumidores sumidos en el desconcierto.
En la parte considerativa del proyecto se cita, a modo de justificación, un oficio de la DIAN fechado 8 días después de que el ministro de Hacienda avalara el texto aprobado por las plenarias, cuyo objetivo era respetar el último día sin IVA del año.
Así las cosas, nos encontramos ayer frente a la desaparición de esta oportunidad, pese a que según encuestas la mayoría de los Colombianos expresaron su deseo porque se mantuviera el día sin IVA. Al parecer, la opinión de gremios y ciudadanía no motiva al gobierno para adoptar las decisiones que a éstos les afecta, a lo cual se suma lo inoportuna, por la poquísima anticipación en que se dio a conocer. Cabe anotar que su vigencia se señaló a partir de su publicación en el Diario Oficial, la que no fue posible ubicar. Por supuesto, los industriales y comerciantes, confiando en la seriedad y buena fe de las políticas gubernamentales, ya habían adquirido grandes cantidades de sus productos para atender la demanda en tan importante día, quedando totalmente frustrada su perspectiva. Y es, que no era para menos, al observar algunas cifras de los días sin IVA que sí se llevaron a cabo. Según la DIAN, el primer día sin IVA del 2022 produjo ventas por 9.1 billones en transacciones realizadas a través de 6.858.695 facturas, cifra que superó las expectativas de los comerciantes que eran de 8 billones.
Las ventas en Santander, Norte de Santander, Antioquia y Atlántico reportaron gran incremento con respecto al primer día sin IVA de 2021. Las ventas a través de canales digitales fueron de seiscientos noventa y siete mil millones. En cuanto al 17 de junio de 2022, segundo día sin IVA del año, las ventas superaron los 10 billones, lo que significa un incremento de 16.6 % en valor y de 6% en número de transacciones, comparando con la jornada sin IVA inmediatamente anterior.
Los bienes más apetecidos son electrodomésticos, ropa y motos, así como los productos de belleza. Juan Esteban Orrego, director de Fenalco Bogotá, recordó que el día sin IVA es también una oportunidad para la rotación de inventarios por cuanto los comerciantes hacen promociones de artículos no exentos.
En esta materia, artículos no exentos, Bogotá tuvo el 70% de la facturación. En cuanto al 2021 las ventas por canales electrónicos del 19 de noviembre, día sin IVA, fueron de $723.090.000 para 1.981.870 transacciones digitales aprobadas. Este tipo de transacción aumentó en 8.8% con respecto al anterior día sin IVA. De manera general, hubo un crecimiento de 24.4% siendo las tarjetas de crédito y débito el medio más utilizado de la jornada. Los comerciantes vendieron seis veces más que en un viernes promedio.
Se podría continuar con más cifras de este tipo pero lo importante es en realidad registrar el perjuicio que en esta ocasión se le causa tanto a los compradores como a los vendedores. Se trata aquí, no se dude, de una violación al principio de la confianza legítima, más aún si en el texto del decreto se lee “no es claro si estos festivos tributarios son una herramienta que se justifique en términos de sus mayores beneficios frente a sus posibles costos”. Si no había claridad, lo prudente era realizar los estudios que le dieran nitidez a la decisión, que no “apresuradamente” eliminar esa ocasión y enviar un mensaje desesperanzador.
El epílogo de este decreto es que ya avanzada la tarde del 1 de diciembre se conoció, después de las 3 pm, el decreto 2357 que dejaba sin efecto el día sin IVA programado para el 2 de diciembre. Y se le fechó extrañamente con el 30 de noviembre. Lleva por título: «Por el cual se deroga el numeral 3 del artículo 1.3.1.10.16.del capítulo 10 del Título 1 de la Parte 3 del Libro 1 del decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria”. Por supuesto, lo primero que se advierte es que un decreto de esta naturaleza jamás podrá derogar una ley superior como se deduce que lo hace con la ley 2155 de 2021.
Y se conoció solamente el día 1 de diciembre, a altas horas de la tarde, a raíz de la instauración de una acción de tutela, no siendo posible allegar, por parte de los accionantes, ese decreto.
Si los días sin IVA han sido tan exitosos como lo atestiguan las cifras, ¿por qué este afán del gobierno en acabarlo? La nimia explicación del presidente Petro en un trino de su autoría parece sugerir que todo esto se trata de incentivar el consumo del producto nacional. Ese día, 2 de diciembre, sin IVA, también beneficiaba las ventas de productos nacionales y, claro está, el fisco estaba llamado a recaudar más por ventas de productos no exentos de IVA que ya no se harán, por ejemplo, varios padres de familia desistieron de sus compras de navidad por ese incremento de valor en el 19% que es bastante significativo, mayormente con la inflación que se está viviendo.
Pildorita. Inquieta y preocupa saber del interés del gobierno en que los gremios sean dirigidos por gentes afines a su ideología y pensamiento. Los gremios han sido instituidos para defender a cada sector. Ya han renunciado 5 presidentes de gremios y el presidente de la empresa más grande del país. Por este camino lo único seguro es perder la sostenibilidad empresarial con negro futuro para el País.