El exministro de Hacienda y Crédito Público aseguró que mucho de lo que se pretende ‘hacer’ con la nueva normativa ya existe. Además, cuestiona la forma en la que está redactado un precepto que enumera las instituciones a las cuales pueden acceder los estudiantes.
El pasado 31 de julio, el presidente Gustavo Petro sancionó la Ley 2307 de 2023, con la que busca establecer un régimen de gratuidad para las matriculas en instituciones de educación superior, una de sus propuestas de campaña.
La expedición de la norma fue aplaudida por varios de los integrantes de la coalición de gobierno en el Senado y la Cámara de Representantes, quienes en sus mensajes insertaron apartes de la recién sancionada Ley y agradecieron al presidente por honrar la palabra empeñada.
Uno de esos congresista, fue María José Pizarro, quien publicó el siguiente trino en cuenta de Twitter: “El presidente @petrogustavo sancionó la ley que impulsamos de gratuidad para programas de pregrado en las instituciones de educación superior públicas! Un triunfo y avance del movimiento estudiantil y profesoral”.
Minutos más tarde, el exministro de Hacienda y Crédito Público, José Manuel Restrepo, hizo varios comentarios desmintiendo la versión según la cual fue en el actual gobierno donde se hizo realidad el sueño de muchos jóvenes de estudiar gratuitamente en la universidad.
“Esto ya existía desde la ley 2155 de 2021 como matrícula cero. Pero me preocupa que en esta redacción nueva del 2023 por intentar mostrar un avance se echó hacia atrás”, dijo inicialmente el exministro.
A renglón seguido, dejó ver las dudas que le asaltan en torno a la forma en la que está redactada la norma y que podría dejas por fuera de la cobertura a las universidades públicas, pues, de acuerdo con su opinión, habrían sido tácitamente excluidas de esta ley.
“¡Excluyen en la redacción a las universidades! Sólo quedarían las instituciones técnicas, tecnológicas e instituciones universitarias, estas últimas que según la Ley 30 no son las universidades. Por tanto, la nueva norma no era necesaria pero además tiene errores jurídicos graves y sacó a las jóvenes de las universidades del beneficio. ¿Alguien me explica?”, precisó Restrepo.
El exministro hace referencia al parágrafo 1 del artículo 2do de la comentada normativa, el cual hace referencia a las instituciones de educación superior donde podrán educarse gratuitamente los jóvenes colombianos.
“Parágrafo 1°. Para efectos de la presente ley se entenderá que las instituciones de educación superior comprenden instituciones técnicas, tecnológicas o universitarias definidas en el Capítulo IV del Título I de la Ley 30 de 1992”, se lee en el precepto normativo.
Así las cosas, se espera que desde el gobierno nacional se hagan las precisiones y explicaciones respecto de este asunto que se vislumbra bastante problemático, pues, presupone, como dijo Restrepo, una lío jurídico para los estudiantes que hoy están gozando los beneficios del ya existente programa Matrícula Cero.