Un fallo que ordena la reubicación, de uno de los atractivos más emblemáticos del departamento del Huila tiene en jaque a las autoridades. El Municipio de Rivera adoptó un nuevo Plan Básico de Ordenamiento Territorial, esa podría ser la solución. Las acciones que se tomen serán cruciales.
En vilo se encuentran los habitantes del turístico municipio de Rivera, en el departamento del Huila, por el reciente fallo emitido por el Tribunal Administrativo del Huila sobre el sitio Termales de Rivera, lo que ha despertado diversas opiniones en la localidad.
El fallo, relacionado con una Acción Popular presentada en 2011, pide la reubicación de los establecimientos comerciales y la realización de estudios de zonificación ambiental y gestión de riesgo; para ello, el Tribunal otorga un plazo de seis meses.
“Esa decisión prácticamente envía a que tanto la autoridad ambiental (CAM) y el Municipio surtan un proceso de la elaboración de estudios para determinar si esos establecimientos comerciales pueden ser reubicados o no pueden ser reubicados a través de un estudio que se llama zonificación ambiental, al igual que realizar estudios en lo referente al tema de gestión de riesgo”, señaló la abogada Mónica Yarleth Carreño Polanía, especialista en derecho urbano, propiedad horizontal y legalización de predios.
Cumplir el fallo desencadenaría consecuencias en el turismo, que es la principal actividad económica de este municipio. “Prácticamente se estaría enfrentando a un desequilibrio económico, porque la población, muchas personas dependen de todo ese turismo que va a las termales, porque ya es un referente y es una caracterización del municipio, por su paisajismo, por su clima, por sus aguas termales”, agregó Carreño Polanía.
Desde la Alcaldía de Rivera, adelantan las acciones pertinentes para apelar el fallo o revisar los procedimientos legales que correspondan, que permiten alcanzar el equilibrio entre garantizar el bienestar de la comunidad y preservar los recursos naturales.
Solución
El Tribunal desconocía en el momento del fallo, que el Municipio de Rivera ya había adoptado un nuevo Plan Básico de Ordenamiento Territorial.
“En ese Plan Básico de Ordenamiento Territorial, a través de los instrumentos de planificación, está dando la solución. Una solución que necesariamente deben iniciar los propietarios de los establecimientos comerciales y el municipio con la implementación de ese plan básico de ordenamiento territorial, en lo correspondiente a la reglamentación de los instrumentos para que la comunidad, nuestros propietarios puedan dar cumplimiento a ello”, dijo Mónica Carreño.
Destacó la abogada, que el fallo resalta la importancia de Plan de Ordenamiento Territorial. “Efectivamente, sí la alcaldía municipal y la autoridad ambiental llevan a cabo una coordinación institucional, yo creería que antes de los seis meses podría estarse dando la zonificación ambiental, ese cumplimiento con ese instrumento de planificación para así mostrarle al juez la posibilidad o a través de un pacto que efectivamente ellos pueden seguir funcionando”, concluyó.