Proyecto de Resolución Ministerio de Salud y Protección Social sobre Etiquetado Nutricional y Frontal 2026, generó un gran debate en el sector de los procesadores de leche del país quienes consideran que podría desincentivar el consumo de alimentos lácteos.
“Una política pública que, en nombre de la salud, desincentive el consumo de alimentos nutricionalmente valiosos, se convierte en una herramienta de señalización o discriminación”, afirmó Ana María Gómez Montes, presidente, Asoleche.
Por tanto, generaría el riesgo de desincentivar el consumo de alimentos esenciales, como los derivados lácteos, de la dieta de los colombianos.
Aunque la Asociación Colombiana de Procesadores de Leche, Asoleche, respalda el propósito de informar mejor a los consumidores, advierte que el diseño del proyecto de resolución, puede producir el efecto contrario al deseado en la salud pública colombiana.
El gremio acaba de invitar al Ministerio de Salud a revisar el diseño de la norma con mayor rigor técnico y coherencia con la evidencia científica disponible.
Corregir conceptos por considerarlos que vulnera el derecho a la información al consumidor y estigmatiza alimentos nutricionalmente valiosos, solicitó este gremio al Gobierno nacional.
Recorta información
El proyecto de Resolución Ministerio de Salud y Protección Social sobre Etiquetado Nutricional y Frontal 2026, prohíbe que un producto marcado con sellos de advertencia informe al consumidor sobre sus propiedades nutricionales positivas.
Gómez Montes, se refirió a un caso concreto y real. Un ejemplo de esta limitación sería el yogurt al que usualmente se le agrega pectina.
“Este es un espesante natural que se encuentra en muchas frutas y cuya función es la de brindar textura, estabilidad y mejorar la vida útil del producto”, precisó.
Considera que bajo la potencial reglamentación, el envase del yogurt debería incluir un sello de ultraprocesado.
“En ese caso, quedaría impedido para informar que es una excelente fuente de calcio, proteína de alto valor biológico, vitamina D o probióticos”, reiteró.
Contradice Estatuto al Consumidor
Así, contradice directamente el Estatuto del Consumidor de Colombia, que garantiza el derecho a información completa, veraz y transparente.
No existe fundamento lógico, jurídico ni científico para que la presencia de un sello vulnere el derecho del consumidor a conocer la totalidad de los atributos de un alimento.
Alimentos vs. patrones alimentarios
“La norma confunde alimentos con hábitos y estilos de vida”, recalcó.
Pretende estigmatizar y castigar alimentos individuales cuando la evidencia científica que ella misma invoca es clara y consistente.
“Una nutrición saludable no depende de si un alimento contiene o no un determinado ingrediente”, aclaró.
Depende de varios aspectos: el patrón alimentario completo, la diversidad, tamaño de la porción, frecuencia de consumo y el estilo de vida del consumidor, por no mencionar factores genéticos y otras condiciones propias del individuo.
Para Gómez Montes, emitir una «sentencia visual» definitiva sobre un producto basándose en un solo componente, desconoce este principio fundamental.
“Además, trata al consumidor como incapaz de procesar información completa y lo limita en su derecho de escoger e integrar una dieta variada y sana”, replicó.
La nutrición saludable se construye con educación, diversidad y balance, no con sellos que estigmatizan y borran la mitad de la realidad nutricional de los alimentos.
El consumidor que abandone un yogurt o un queso por ver un sello, no lo reemplazará necesariamente por una fruta o una verdura, que individualmente no son la única respuesta a una dieta saludable.
Es altamente probable que, sin saberlo, este consumidor simplemente reduzca su ingesta de calcio y proteína sin que ninguna señal en ninguna etiqueta le advierta sobre ese riesgo.



