El Juzgado 54 Administrativo del Circuito de Bogotá impuso una sanción de cinco salarios mínimos al mandatario por incumplir una orden de rectificación relacionada con señalamientos contra el fiscal Mario Andrés Burgos Patiño.
El presidente de la República, Gustavo Petro, fue sancionado con una multa equivalente a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes tras ser declarado en desacato a una sentencia de tutela. La decisión fue adoptada por el Juzgado 54 Administrativo del Circuito de Bogotá, dentro de un incidente promovido por el fiscal Mario Andrés Burgos Patiño.
Según la providencia fechada el 27 de febrero de 2026, el despacho concluyó que no se cumplió en debida forma la orden emitida en un fallo de tutela del 28 de agosto de 2025, el cual había sido ratificado un mes después por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
El incidente de desacato fue solicitado por el fiscal a través de su apoderado judicial, quien pidió la intervención del juzgado al considerar que el jefe de Estado no atendió lo dispuesto en la sentencia que le ordenaba rectificar declaraciones públicas.
El origen de la controversia
La disputa judicial se remonta a pronunciamientos del mandatario en redes sociales y escenarios públicos, donde vinculó al fiscal Burgos con supuestas relaciones con estructuras del narcotráfico y con el caso del asesinato del fiscal paraguayo Marcelo Pecci. En dichas intervenciones también insinuó la presunta desaparición del nombre de Sebastián Marset del expediente del caso.
Ante estos señalamientos, el fiscal acudió a la acción de tutela alegando vulneración de sus derechos fundamentales al buen nombre y a la honra.
Argumentos del juzgado
Al resolver el incidente, el despacho judicial evaluó las rectificaciones emitidas por el Presidente y determinó que no se ajustaban plenamente a lo ordenado inicialmente. En su análisis, señaló que las aclaraciones realizadas desdibujaban el alcance de la instrucción judicial.
El juzgado sostuvo que la obligación consistía en efectuar una rectificación en los términos fijados en un auto del 6 de octubre de 2025, lo cual, según concluyó, no se cumplió pese a haberse concedido un plazo razonable, teniendo en cuenta las particularidades que rodean las intervenciones públicas del jefe de Estado.



