Gobierno Petro expide decreto transitorio del salario mínimo e insiste en aumento del 23 %

La decisión acata un auto del Consejo de Estado que ordenó expedir y publicar un nuevo decreto en ocho días y diferir los efectos de la suspensión provisional del Decreto 1469 de 2025. La vigencia será hasta que haya sentencia de fondo.

El presidente Gustavo Petro firmó el Decreto 0159 de 2026, mediante el cual se fija transitoriamente el salario mínimo mensual legal vigente para 2026 en $1.750.905, con un incremento del 23 % frente al salario mínimo de 2025.

La norma se expide en cumplimiento de un auto del Consejo de Estado, dentro del proceso de nulidad 11001-03-25-000-2026-00004-00, que ordenó a las entidades demandadas “expedir y publicar” un decreto con el porcentaje transitorio de aumento y el valor total del salario mínimo, con un plazo de ocho días calendario.

En ese mismo auto, el alto tribunal determinó diferir los efectos de la suspensión provisional del Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025 “únicamente a partir” de la publicación del nuevo acto administrativo, razón por la cual el Gobierno sustentó que era necesario adoptar el Decreto 0159 para “garantizar la continuidad y seguridad jurídica” en la determinación del salario mínimo, con carácter “estrictamente transitorio” y sujeto a la decisión de fondo.

El articulado del Decreto 0159 establece que el salario mínimo regirá desde la fecha de publicación y hasta que se dicte sentencia en el proceso de nulidad mencionado. Con ello, el Ejecutivo formaliza un marco temporal mientras la jurisdicción contencioso administrativa define la legalidad del aumento.

Esta vez, en la motivación, el Gobierno justificó el 23 % como resultado de integrar parámetros técnicos y un componente social. En una tabla incluida en el decreto se consigna el salario mínimo de 2025 en $1.423.500, una inflación esperada de 5,30 %, y un “cierre de brecha parcial del salario mínimo al salario vital” de 9,4 % (OIT, 2024), junto con variables asociadas a productividad total de factores, contribución de salarios al ingreso nacional y crecimiento estimado del PIB, para totalizar un aumento de 23,0 % y un incremento nominal de $327.405.

Finalmente, el acto administrativo invoca el artículo 53 de la Constitución para sostener que el salario mínimo debe ser “mínimo, vital y móvil”, y que su ajuste periódico responde a variaciones económicas y sociales que inciden en el poder adquisitivo. Con la expedición del Decreto 0159, el Gobierno mantiene el aumento decretado para 2026, pero deja explícito su carácter transitorio, atado al fallo definitivo del Consejo de Estado sobre la nulidad del Decreto 1469 de 2025.