Nuevo decreto de emergencia otorga facultades al Ejecutivo para modificar impuestos

Durante 30 días, podrá crear tributos de emergencia, reorganizar partidas del presupuesto nacional y ajustar regulaciones en sectores como electricidad y agricultura. La herramienta busca movilizar recursos inmediatos para atender la crisis en ocho departamentos golpeados por las lluvias, evitando los tiempos del proceso legislativo convencional.

La declaratoria de emergencia económica mediante el Decreto 0150 del 11 de febrero de 2026 no solo habilita instrumentos administrativos de respuesta, sino que introduce una lógica clara de financiamiento extraordinario para enfrentar los impactos sociales y productivos de la ola invernal en el Caribe.

En ese sentido, el Ejecutivo queda facultado para generar ingresos adicionales mediante tributos temporales. El decreto recuerda que, bajo el estado de excepción, podrán “establecer nuevos tributos o modificar los existentes”, con vigencia limitada al periodo fiscal siguiente, siempre que estén directamente asociados a la superación de la crisis.

Este componente no es menor. La magnitud de las afectaciones —que incluyen daños en infraestructura, sistemas productivos y servicios públicos— obliga a cerrar una brecha financiera que el presupuesto ordinario no alcanza a cubrir. De hecho, el propio decreto reconoce que los mecanismos habituales resultan insuficientes frente a la escala del fenómeno, lo que justifica acudir a fuentes extraordinarias de recaudo.

A partir de ello, el Gobierno también podrá activar contribuciones parafiscales específicas, particularmente en el sector energético. El texto señala la necesidad de “flexibilizar la autorización de apropiaciones presupuestales” y crear mecanismos de recaudo dirigidos a sostener la infraestructura crítica y evitar fallas sistémicas en el mercado eléctrico.

Paralelamente, el decreto introduce herramientas de alivio en el sector agropecuario. FINAGRO podrá recibir recursos adicionales y aplicar esquemas extraordinarios que incluyan condonación de intereses o quitas de capital, con el fin de evitar que la emergencia climática derive en una ruptura estructural de las economías rurales.

En el plano social, la estrategia se complementa con transferencias directas. El Gobierno prevé “implementar y/o ampliar (…) transferencias monetarias no condicionadas para hogares damnificados”, con el propósito de estabilizar el consumo básico y contener el deterioro del mínimo vital en los territorios más afectados.

Además, el decreto habilita intervenciones de orden territorial y ambiental. La Agencia Nacional de Tierras podrá acelerar el deslinde de bienes públicos en zonas inundables, una medida orientada no solo a mitigar riesgos futuros, sino también a reducir los costos fiscales asociados a la repetición de desastres.

Finalmente, algunos analistas han señalado que el marco de la emergencia este decreto configura un instrumento que habilita decisiones fiscales, presupuestales y regulatorias de naturaleza excepcional, diseñadas para movilizar recursos al margen de los trámites legislativos habituales.