El organismo indicó que la empresa prestadora de servicios no divulgó oportunamente el control sobre varias sociedades, contrario a lo exigido por el Código de Comercio y la Ley 222 de 1995. La cooperativa podrá ejercer su derecho de defensa en los términos de ley.
La Superintendencia de Sociedades impuso una multa por $150 millones a la Cooperativa Multiactiva de Desarrollo Integral Coosalud tras establecer que incumplió el régimen de matrices, subordinadas y grupos empresariales al no revelar oportunamente la totalidad de su estructura de control.
De acuerdo con el comunicado oficial, el análisis administrativo determinó que “la Cooperativa Multiactiva de Desarrollo Integral COOSALUD ejerce control sobre nueve (9) sociedades”. Sin embargo, en una primera etapa, la entidad solo había registrado formalmente la situación de control respecto de tres subordinadas.
A partir de esa omisión inicial, la Superintendencia concluyó que la información reportada no cumplía con los requisitos previstos en los artículos 260 y 261 del Código de Comercio, así como en el artículo 28 de la Ley 222 de 1995, normas que obligan a divulgar de manera completa las relaciones de control empresarial.
Posteriormente, y como resultado de la investigación administrativa, la entidad investigada procedió a actualizar el registro mercantil. Según precisó la autoridad, “con ocasión de la investigación administrativa adelantada por esta Superintendencia, la entidad investigada reveló en el registro mercantil la totalidad de la estructura identificada”, aunque dicha revelación se realizó de forma extemporánea.
En ese contexto, el superintendente de Sociedades, Billy Escobar Pérez, fue citado en el comunicado señalando que “la revelación de las situaciones de control y/o de grupo empresarial es de interés público”. Añadió que la publicidad de estas estructuras resulta relevante para identificar “potenciales conflictos de intereses de los administradores sociales, la realidad de las operaciones entre vinculadas, la consolidación de estados financieros, la evaluación de riesgos y los efectos en casos de insolvencia”.
Finalmente, la Superintendencia recordó que la cooperativa sancionada puede ejercer su derecho de defensa mediante la interposición de los recursos legales correspondientes dentro del término previsto. A su vez, reiteró que continuará adelantando actuaciones administrativas orientadas a verificar el cumplimiento de las obligaciones societarias en el país.



