Con la Defensoría coadyuvando, Tribunal de Cundinamarca estudiará demanda contra Montealegre

El expediente, en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, alega incumplimiento de la Ley de Cuotas (Ley 581 de 2000, modificada por la Ley 2424 de 2024). La entidad recalca que el caso compromete un principio de orden público: la paridad en cargos de alto nivel.

La controversia por la integración del gabinete escaló al plano institucional. La Defensoría del Pueblo se vinculó como coadyuvante al proceso que cuestiona el Decreto 647 de 2025 —acto con el que el presidente Gustavo Petro nombró a Eduardo Montealegre Lynett como ministro de Justicia—, por presunta violación de la Ley de Cuotas en el máximo nivel decisorio.

El escrito, suscrito por Álvaro Díazgranados De Pablo, jefe de la Oficina Jurídica de la entidad, sustenta la intervención en el artículo 228 del CPACA (intervención de terceros en procesos electorales) y enfatiza el alcance de la infracción alegada: “el Decreto 0647 del 13 de junio de 2025 constituye una violación directa y flagrante a la Ley 581 de 2000, modificación por la Ley 2424 de 2024”.

La demanda principal —presentada por Marco Adrián Artunduaga Gómez— sostiene que, con la designación, el gabinete quedó por debajo del 50 % de participación femenina exigido por la ley. Por eso solicita la nulidad del decreto y que se ordene un nuevo nombramiento conforme al estándar de paridad. En esa línea, la Defensoría advierte que el incumplimiento “rompe el equilibrio de género en los cargos del alto nivel decisivo”, por lo que respalda la petición.

En el plano procesal, el trámite cursa ante la Sección Primera, Subsección B del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, con ponencia del magistrado Moisés Rodrigo Mazabel Pinzón. Según el expediente, la acción fue presentada dentro del término de caducidad (art. 164 CPACA), de modo que el caso seguirá su estudio de fondo.

Según varios analistas, más allá del resultado, la adhesión de la Defensoría agrega peso institucional a la controversia. De prosperar la demanda, el Gobierno tendría que reconfigurar el gabinete para cumplir la cuota legal. Si no, quedará zanjado —judicialmente— el alcance de la discrecionalidad presidencial frente a un mandato de igualdad sustantiva en la cúpula del Ejecutivo.