BERNARDO HENAO JARAMILLO Columnista de Opinión
Dijo Ulpiano “El derecho es el arte de lo bueno y lo equitativo” lo que traduce que en la aplicación de las leyes es trascendental considerar los principios éticos y morales al interpretar y aplicar las leyes, contexto que vemos es extraño a lo que sucede en el proceso contra el expresidente Uribe.
En varias oportunidades he tenido oportunidad de referirme a esa causa penal. En junio de 2020 opiné lo siguiente: Quien lo creyera, en pleno siglo XXI se revive por parte de la Corte Suprema de Justicia la obra de «El proceso» de Franz Kafka. Si el gran escritor se diera hoy a la tarea de escribir una novela del mismo tema sin duda se referiría al juicio contra el expresidente y la ignominiosa persecución a la que se le ha sometido.
Nada ha cambiado. El proceso que conoce la Juez 44 Penal del Circuito de Bogotá, Sandra Liliana Heredia Aranda, hoy se encuentra en la etapa del descubrimiento probatorio. El pasado dos (2) de octubre se llevó a cabo una malograda, por no registrar desastrosa audiencia, que ha suscitado serias preocupaciones sobre la imparcialidad y las garantías procesales.
En el comunicado del abogado Jaime Granados Peña, quien encabeza la defensa del expresidente, se deja entrever una situación anómala que quebranta el debido proceso y el derecho de defensa, ya que la Juez 44 Penal del Circuito se negó a otorgar un plazo adicional de siete días para revisar y analizar pruebas de importancia crítica. Negativa que contrasta con la obligación de cualquier juez o tribunal de garantizar que las partes tengan pleno acceso a la totalidad del material probatorio antes de avanzar en esa etapa procesal, para que puedan ejercer su derecho de contradicción.
El hecho que la defensa no contara con la debida oportunidad para conocer y evaluar elementos claves probatorios, como era el acceso a los dispositivos Celular Samsung SM-A305G y Computador HP Probos 4430S, en aras de obtener un copiado técnico. Solamente el lunes 30 de septiembre a las 6:53 P.M, ante la CSJ la defensa con sus técnicos pudo terminar el procedimiento de obtención de las imágenes forenses tomadas de las evidencias originales de los equipos del supuesto testigo estrella Juan Guillermo Monsalve. Este tipo de pruebas es determinante para una correcta y certera valoración de los hechos, y la negativa de la juez, que fue por completo intransigente a conceder un plazo adicional de escasos 7 días, no solo atenta contra el derecho a la defensa del señor Álvaro Uribe Vélez, sino que también contradice principios fundamentales del derecho penal, como la igualdad de armas y el derecho de contradicción.
Además, se evidencia un ambiente hostil, procesalmente hablando, que permite aseverar la desventaja en que se coloca al acusado y la posibilidad de privarlo de ejercer sus derechos plenamente. Este tipo de decisiones judiciales conlleva a consecuencias graves: no permitir la presentación de pruebas claves, lo que constituye una violación directa de las garantías constitucionales consagradas tanto en la Carta Política de Colombia como en los tratados internacionales que el país ha ratificado.
La ausencia de estas pruebas genera un perjuicio irreparable. Las acciones que el defensor principal ha adelantado, como recursos de apelación o reconsideración que fueron negados, le han llevado a interponer, por segunda vez, recurso de queja. También es posible interponer, como ya lo hizo, una tutela para restituir los derechos conculcados, la que ya fue admitida por el Tribunal Superior de Bogotá.
Sin embargo, esta situación demuestra un problema estructural en el sistema judicial, donde la rigidez en la aplicación de plazos procesales no siempre respeta la equidad entre las partes.
Un sistema que se precie de ser justo y equitativo no puede permitirse que una de las partes enfrente un juicio sin la debida preparación y sin contar con tiempo suficiente para evaluar todos los elementos probatorios a su disposición. La decisión de la juez de no otorgar más tiempo para el análisis de pruebas refuerza una percepción de arbitrariedad en la administración de justicia. Eran escasamente 7 días de suspensión, término que no afectaba el curso normal del proceso y sí permitía el ejercicio pleno del derecho de defensa. En definitiva, esa negativa radical crea un escenario preocupante, no solo para el caso de Uribe Vélez, quien ante la falta de garantías abandonó la audiencia, sino para cualquier ciudadano que dependa de la justicia como garante de sus derechos fundamentales.
Es esencial que el público entienda los riesgos de un juicio sin las debidas garantías. La ausencia de un análisis adecuado de las pruebas no solo pone en duda la validez del juicio en sí, sino que también mina la confianza en la imparcialidad y la transparencia del sistema judicial.
Si la juez insiste en continuar el proceso sin concederle a la defensa el tiempo necesario para el descubrimiento probatorio, como ya acontece, se van a generar varias consecuencias graves que podrían afectar el derecho a un juicio justo y la legitimidad del proceso penal. Estas son algunas de las posibles implicaciones: Violación del derecho de defensa, desigualdad de armas, eventual nulidad del proceso, desconfianza por la parcialidad del juicio y la más grave de todas, riesgo de una condena injusta.
En definitiva, si la juez sigue adelante como seguro lo hará y la defensa se queda sin el descubrimiento probatorio parcialmente o en su totalidad, el proceso estaría marcado por múltiples irregularidades que podrían llevar a la nulidad del juicio, la violación de los derechos fundamentales y un aumento de la percepción de parcialidad en el sistema judicial. Ante este posible escenario, la defensa recurrirá a todas las medidas legales posibles, como la tutela que fue presentada el pasado 3 de octubre, para detener el proceso y garantizar un juicio justo. También se supo de que se concurrirá a organismos internacionales (CIDH) a exponer lo que acontece en el proceso.
Un juicio de la trascendencia de éste, promovido por intereses ajenos a obtener justicia, contra un expresidente de la república, no debería recibir semejante tratamiento por parte de una juez intransigente. Esto transmite una postura de parcialidad que expone a la justicia toda. Se confía en la tutela como último recurso constitucional para proteger los derechos fundamentales quebrantados con la radical posición de la juzgadora, pero difícil saber que pueda acontecer con dicha tutela.
Pildorita: Muy preocupante la forma como se dio la salida de la FM del Periodista Luis Carlos Vélez.