De acuerdo con medios de comunicación, algunos integrantes de Primera Línea acusados de lanzar bombas molotov a la policía y otros delitos en el marco del paro nacional, ya están en libertad y serán “voceros de paz”.
Hace poco menos de 15 días el gobierno Petro expidió el prometido Decreto de campaña que modifica la Ley 418 de 1997 y permite que los más de 170 jóvenes de la denominada ‘Primera Línea’ sean excarcelados para ejercer como gestores de paz en zonas donde sea necesaria la intervención de éstos en aras de recuperar la tranquilidad y armonía social.
Originalmente esta Ley habilitó al Ejecutivo para nombrar a colombianos que han hecho parte de grupos armados ilegales, para que ejecuten actividades encaminadas a la consecución de arreglos de tipo humanitario y estrechar los lazos en sus comunidades de origen.
Según explicó el ministro de Justicia, Nestor Osuna, las modificaciones introducidas en esta normativa instituyen una comisión intersectorial de la que harán parte ciudadanos, los jefes de las carteras de del Interior, de Justicia, de Defensa y el director del DAPRE, con el fin de promover mecanismos que permitan la reconciliación y propicien la participación ciudadana en dichos espacios.
Si bien el ministro de Justicia ha tratado de explicar que el Decreto en comento debe “generar los lineamientos que recomendarán la admisión o exclusión de personas como voceros o promotores de paz, teniendo en cuenta su vocación para contribuir a la reconciliación y tareas humanitarias”, son muchos los cuestionamientos que desde distintos sectores de la opinión pública se le han hecho a este iniciativa.
El decreto es inconstitucional
Uno de los apartes del Decreto ha sido controvertido duramente por muchos actores de la política, el derecho y la opinión pública; porque da facultades expresas al presidente Petro para designar a discreción como gestores de Paz a ciudadanos agremiados en organizaciones de tipos sociales o humanitarias privados de la libertad; en el entendido de que se estaría desdibujando el objetivo principal de la acción penal.
Francisco Bernate Ochoa, presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, ha puesto en duda la constitucionalidad de tales atribuciones, pues, es sabido que en los sistemas democráticos los únicos que pueden otorgar libertades a presos y condenados son los jueces de la República y luego de agotado un proceso penal. “Nadie se va preso por orden de la Dian (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales) ni del Congreso de la República, solo por orden de un juez”, apuntó el destacado jurista al tiempo que solicita el respeto por la autonomía judicial.
Sobre este particular, también opinaron los exjefes de Estado que conforman la Iniciativa Democrática de España y las Américas (IDEA). De acuerdo con los integrantes de este grupo, la posibilidad de que Petro libere a discreción a personas señaladas de la comisión de delitos graves en el marco de las protestas sociales destruye por completo la imperativa separación de poderes y les da a esas personas un estatus político que a todas luces no ostentan.
«Preocupa que el Gobierno de Colombia pretenda facilitar que personas con graves evidencias en su contra de la comisión de delitos comunes, mediante acciones colectivas, eludan sus responsabilidades ante la justicia. Para conseguir ese objetivo planea tratar sus casos bajo figuras jurídicas que sólo han sido aplicadas excepcionalmente a miembros de grupos armados organizados en el contexto de los procesos de paz», puede leerse en la carta.
A renglón seguido, los exmandatarios pertenecientes al foro, señalan que la autorización expresa a Petro para otorgar libertades afecta dos de los elementos esenciales del sistema penal. “Un indulto del Ejecutivo que perdona, suprime o extingue la pena impuesta en un proceso penal por hechos relativos a graves violaciones a derechos humanos produce la más grave afectación al principio de proporcionalidad de la pena y al acceso a la justicia de las víctimas y sus familiares”, explican, haciendo uso de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Paloma Valencia, Paola Holguín y María Fernanda Cabal, senadoras por el Partido Centro Democrático, también criticaron vehementemente esta iniciativa, ya que, según ellas, sería la retribución que el Gobierno les da a esos centenares de jóvenes y no tan jóvenes que en el marco de la protesta social desestabilizaron el país. “Nombrar “gestores de paz” a quienes delinquieron desde la primera línea es aceptar que son parte del ELN. ¿Qué implica esto para la elección de Petro como Presidente? ¿Así como le da impunidad a la primera línea, viene el pago al ELN?”, trinó desde su cuenta de Twitter Paloma Valencia.
Cabal escribió en su cuenta de Twitter: “Junto con las senadoras @PaolaHolguin y @PalomaValenciaL, radicamos demanda de inconstitucionalidad para que la Corte declare inexequible la Ley de ‘paz total’, que desconoce los derechos de las víctimas y favorece a los victimarios”.
Finalmente, el profesor Bernate aseguró que las figuras que pretenden aplicar para dejar en libertad a los miembros de la ‘Primera Línea’, nombrarlos gestores de paz y asignarles salario de un millón de pesos no puede ejecutarse, porque no hacen parte de las potestades del jefe de Estado, dejando entrever que el Decreto puede ser demandado ante la Corte Constitucional para verificar si se ajusta a los preceptos de la Carta Política.
“No se ve viable el indulto, no se ve viable la amnistía. No es un solo plumazo el que va a permitir que se abran las puertas de la prisión para estas personas. El único legitimado para conceder amnistías o indultos en Colombia es el Congreso, y para hacerlo requiere una mayoría calificada (…) En Colombia los indultos no los da el presidente”, puntualizó Francisco Bernate Ochoa.